La presunción de inocencia no es un slogan: es un pilar constitucional del sistema penal que protege a todas las personas frente a decisiones adelantadas de culpabilidad, tanto en los medios de comunicación como en el juicio social que acompaña a determinados procedimientos. Para cualquier abogado penalista, esta garantía no es negociable, y su respeto resulta especialmente esencial cuando estamos ante figuras públicas o agentes del orden a quienes se somete —sin juicio— a un verdadero escarnio público.
Ese ha sido el reto que asumió Miguel Ángel Escalante, al aceptar defender a los agentes de la Policía Local de Marbella los cuales estaban siendo objeto de una acusación penal extremadamente sensible y de los que se había adoptado a limine su ingreso en prisión provisional sin fianza.
La causa sigue actualmente judicializada y, por lo tanto, corresponde ser prudentes con las observaciones, evitando así adelantar valoración probatoria alguna que corresponde a los Tribunales de Justicia. No obstante, desde un desde el punto de vista jurídico y en sintonía con los principios constitucionales debe subrayarse que:
– Ninguna acusación puede equivaler nunca a la culpabilidadde una persona hasta que se dicte resolución firme que lo declare.
– Los procesos penales deben preservarse de los juicios paralelos, ya que todo investigado tiene derecho a una defensa y a un juicio justo lejos de las injerencias derivadas de la presión mediática.
El principio de presunción de inocencia consagra que corresponde únicamente a los tribunales de justicia valorar libremente todas las pruebas obtenidas en el proceso y determinar si concurren o no los elementos típicos del delito imputado.
Cada vez más nuestra sociedad obtiene su tesis con titulares de prensa, privándonos de comprender que todos podemos estar envueltos en una situación dramática y obviando que detrás de todo ello hay personas y familias que se ven afectadas por los precipitados juicios moralistas.
En este caso, la defensa ha detectado múltiples y notables contradicciones en el relato de las denunciantes, así como distintas anomalías procesales que han sido puestas de relieve desde el primer momento en que se asumió la representación de los encartados, conllevando como primer resultado la libertad provisional de los mismos —un mes más tarde desde la adopción de la medida cautelar de prisión preventiva— y, estando desde Escalante & Botello Abogados convencidos de que se obtendrá un Sentencia íntegramente absolutoria. Esta convicción no se basa en una voluntad retórica, sino en el estudio preliminar de las circunstancias del caso y en un respeto profundo al estado de derecho.
Reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos fundamentales de cualquier persona y, especialmente, de quienes la mediatización de sus procedimientos puede afectarles irreversiblemente.
Esperamos poder ampliar esta información pronto con el resultado finalmente deseado para nuestros patrocinados. Hasta entonces, seguiremos defendiendo —con la máxima dedicación y rigor jurídico— la vigencia real del principio de la presunción de inocencia como pilar de un sistema democrático de derecho.