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El comisario, su confidente y un triángulo a martillazos.

Así rezaba uno de los titulares con más impacto en la prensa del momento. Un titular enigmático y cargado de dramatismo que cautivaría a los lectores bajo un escenario casi novelesco.
 
Ese es el contexto de una de las causas más mediáticas de los últimos años en Andalucía, en la que se investigan supuestas tramas complejas con ramificaciones en las agencias de inteligencia y policía nacional, las cuales se ven inmiscuidas en una supuesta turbia organización criminal; y en la que el despacho Escalante & Botello Abogados asume la defensa de una de las figuras clave del procedimiento: el confidente.
 
Elletrado Miguel Ángel Escalante explica que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, el principal reto técnico de la defensa no reside en la extensión de la causa ni en el número de piezas abiertas, sino en desmontar la identificación automática entre la gravedad del relato y la solidez de los indicios penales.

El Derecho penal no opera por acumulación de sospechas ni por la suma de calificativos, sino por la constatación individualizada de conductas típicas, antijurídicas y culpables.
 
La experiencia demuestra que muchas macrocausas parten de hipótesis amplias que, con el avance de la instrucción, deben ser depuradas. No todo contacto es colaboración criminal, no toda información compartida integra una revelación de secretos y no toda relación instrumental convierte al confidente en miembro de una organización criminal. La frontera entre la actuación funcional —aunque incómoda o controvertida— y el delito es una línea jurídica que exige un análisis técnico extremadamente fino.
Además, la complejidad es mucho mayor si tenemos en cuenta que, precisamente, la figura del confidente carece de regulación legal en nuestro país.
 
Al margen de ello, la defensa sostiene que los indicios analizados de forma conjunta no presentan, en muchos de los delitos atribuidos, la entidad suficiente para sostener las calificaciones jurídicas formuladas, y que buena parte del peso acusatorio descansa más en inferencias, conexiones indirectas y construcciones retrospectivas que en hechos penalmente relevantes probados.
 
Será, sin duda, un procedimiento largo y complejo, que exigirá un trabajo meticuloso pieza a pieza, alejándose del ruido mediático y regresando al único terreno que debe importar en un Estado de Derecho: el de la prueba, la tipicidad estricta y las garantías procesales.
 
Frente a los grandes titulares, la defensa penal sigue recordando una verdad incómoda pero esencial: el proceso no está para confirmar relatos, sino para comprobar hechos.


Enlaces de prensa:

https://elpais.com/espana/2023-03-06/detenido-el-comisario-de-policia-de-fuengirola-por-revelacion-de-secretos-y-causar-grave-dano-a-investigaciones.html

https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2023-11-20/corrupcion-policial-fuengirola-celo-victima-narco_3775602/

https://www.elmundo.es/andalucia/2023/03/06/6406416121efa0d6708b4586.html

https://www.rtve.es/noticias/20230306/detenido-comisario-fuengirola-revelacion-secretos/2430008.shtml#:~:text=El%20comisario%20de%20la%20Polic%C3%ADa,descubrimiento%20y%20revelaci%C3%B3n%20de%20secretos.

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